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SOCIEDAD
La ANMAT prohíbe la comercialización de repelente de mosquitos y otros productos de la marca Liestar
Viernes 01 de Marzo de 2024
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) ha tomado medidas drásticas al prohibir la comercialización de un conocido repelente de mosquitos, así como otros productos de la misma marca, debido a irregularidades detectadas en la empresa fabricante.

Según la Disposición N°2110/2024 publicada en el Boletín Oficial, la ANMAT actuó en respuesta a una denuncia sobre posibles irregularidades en la comercialización a través de medios electrónicos. La empresa en cuestión no está inscripta, lo que ha generado incertidumbre sobre el lugar de fabricación del producto.

La marca, conocida por vender el producto en su sitio web y a través de plataformas como Mercado Libre e Instagram, comercializaba un repelente de mosquitos líquido bajo la marca LIESTAR, que no estaba debidamente inscripto según constató la ANMAT.

La decisión de prohibición se tomó con el objetivo de proteger a los posibles usuarios, ya que estos productos cosméticos no estaban inscriptos ante la ANMAT, y no se podía garantizar el cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias pertinentes.

La ANMAT detalló una lista de productos de la marca LIESTAR cuya comercialización queda prohibida:

- Repelente de Mosquitos Líquidos, marca Liestar
- Sanitizante manos y superficies alcohol al 70%, marca Liestar
- Jabón líquido manos y cuerpo humectante, marca Liestar
- Spray sanitizante - alcohol 70% manos y superficies, marca Liestar

Esta acción resalta la importancia de la vigilancia y regulación adecuada en la comercialización de productos para proteger la salud pública.
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